CONTENIDO
El sonido es un fenómeno natural que presenciamos diariamente, desde que escuchamos el despertador, el claxon de los autos, el pasar del tren, el taller de la esquina o hasta el llanto de un bebé….
Y sí… todos estos sonidos que llegan a ser molestos en nuestro día a día se denominan Ruido, de acuerdo a lo establecido por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
«Ruido: Sonido desagradable y molesto que es potencialmente nocivo para la audición»
OMS
Cómo afecta el ruido a la salud
De acuerdo al informe de la Organización de las Naciones Unidas (ONU): «Fronteras 2022: ruido, llamas y desequilibrios«; la contaminación acústica es un grave problema, considerado como uno de los principales riesgos ambientales para la salud, provocando una creciente preocupación tanto para el público en general como para los encargados de formular políticas.
Los Objetivos del Desarrollo Sostenible de la ONU, se cuenta con la meta 11.6 que da pie a que se generen instrumentos de política pública que permitan reducir la contaminación acústica.
Meta 11.6: De aquí a 2030, reducir el impacto ambiental negativo per cápita de las ciudades, incluso prestando especial atención a la calidad del aire y la gestión de los desechos municipales y de otro tipo.
ONU
Legislación ambiental en México en materia de contaminación por ruido
En México contamos con la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), la cual establece los distintos ámbitos de competencia en materia de contaminación por ruido. Como se observa en la figura 1, en cuanto a fuentes fijas se refiere, le corresponde a la federación la regulación de la prevención de la contaminación ambiental originada por ruido, mientras que a las entidades federativas, los municipios y la Ciudad de México (CDMX) les corresponden las medidas de prevención y el control de la contaminación generada por ruido.
En el caso particular de CDMX, se cuenta con una Norma bajo la cual deben operar los centros de trabajo: NADF-005-AMBT-2013, mientras que el resto del país se rige por la Norma: NOM-081-SEMARNAT-1994.
NOM-081-SEMARNAT-1994: Ruido perimetral
Esta Norma Mexicana tiene por objetivo:
“Establecer los límites máximos permisibles de emisión de ruido que genera el funcionamiento de las fuentes fijas y el método de medición por el cual se determina su nivel emitido hacia el ambiente”
La Norma (NOM 081) define el concepto de Fuente Fija de la siguiente manera:
“Se considera como un elemento o un conjunto de elementos capaces de producir ruido que es emitido hacia el exterior a través de las colindancias del predio por el aire y por el suelo”
En otras palabras, la Fuente Fija es el establecimiento o centro de trabajo que por sus procesos o actividades (comerciales, industriales o de servicios) generen ruido.
El estudio de ruido se realiza en el perímetro del predio de industrias, fábricas, ensambladoras, maquiladoras, empresas, construcciones, ferrocarriles, aeropuertos y cualquier centro de trabajo con generación de ruido al ambiente.
Para obtener el nivel sonoro de una fuente fija en dB(A) se debe aplicar el procedimiento de actividades siguiente:
- Un reconocimiento inicial: debe efectuarse previamente a la aplicación de la medición del nivel sonoro emitido por una fuente fija, para recabar información técnica, administrativa y localizar las Zonas Críticas (ZC).
- Una medición de campo: se realizan las mediciones de manera continua o semicontinua, con el sonómetro en ponderación A y con respuesta dinámica lenta (slow). Se elige un periodo no inferior a 15 minutos durante el lapso de emisión máxima de ruido.
- Un procesamiento de datos de medición: se utilizan hojas de cálculo validadas calculándose por medio de fórmulas matemáticas el Nivel de Fuente Fija.
- La elaboración de un informe de medición: el informe de resultados que emite Grupo Cuantus Ambiental puede ser validado en nuestra página web escaneando el código QR único.
A continuación, se muestran los límites máximos permisibles de emisión de ruido de las fuentes fijas:
Beneficios de cumplir con la Norma
El programa de auditoría ambiental contempla la evaluación del ruido perimetral para obtener las siguientes certificaciones:
- Industria limpia
- Calidad ambiental
- Calidad ambiental turística
Por otro lado, es importante mencionar que estos estudios no solo se requieren para obtener certificaciones, sino que algunos estados de la republica exigen el estudio de ruido perimetral para la Cédula de Operación Anual (COA) de las fuentes fijas de jurisdicción estatal (por ejemplo, Michoacán, Guanajuato, etc.).
¿Cómo saber si cumplo con la norma?
En Grupo Cuantus Ambiental te ayudamos a realizar el estudio de ruido perimetral dentro de tu establecimiento o centro de trabajo, evitando así sanciones y/o clausuras. Te ofrecemos este servicio de calidad; debido a que contamos con la acreditación por parte de Mexicana de Acreditación MAAC, A.C. y estamos aprobados (PFPA-APR-LP-RUIDO-005/2023) ante la PROFEPA para realizar mediciones con base en la NOM-081-SEMARNAT-1994.
¡CUANTIFICACIÓN CON CALIDAD!
Acércate con nosotros y conoce nuestros servicios del laboratorio de pruebas/ensayos acreditado y aprobado.
Si este post te ha sido de utilidad te agradeceríamos que lo compartieras en tus redes sociales.
¡Hasta la próxima!
Referencias
[1] Norma Oficial Mexicana NOM-081-SEMARNAT-1994 que establece los límites máximos permisibles de emisión de ruido de las fuentes fijas y su método de medición.
[2] ACUERDO por el que se modifica el numeral 5.4 de la Norma Oficial Mexicana NOM-081-SEMARNAT-1994, Que establece los límites máximos permisibles de emisión de ruido de las fuentes fijas y su método de medición.
[3] Ley de Infraestructura de la Calidad publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de julio de 2020.
[4] Norma Mexicana NMX-AA-162-SCFI-2012 auditoría ambiental – metodología para realizar auditorías y diagnósticos, ambientales y verificaciones de cumplimiento del plan de acción – determinación del nivel de desempeño ambiental de una empresa – evaluación del desempeño de auditores ambientales.
[5] Norma Mexicana NMX-AA-163-SCFI-2012 auditoría ambiental – procedimiento y requisitos para elaborar un reporte de desempeño ambiental de las empresas.
[6] https://www.gob.mx/profepa/acciones-y-programas/programa-nacional-de-auditoria-ambiental-56432.
[7] Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de enero de 1988.
[8] Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, Fronteras 2022: Ruido, llamas y desequilibrios – Nuevos temas de interés ambiental, 2022, Nairobi (Kenya).